Ventajas fiscales y riesgos ocultos para empresas SAD
Comparativa legal y operativa para tomar la mejor decisión
Introducción
Las empresas que prestan Servicios de Ayuda a Domicilio (SAD) enfrentan una decisión clave al estructurar su equipo profesional: ¿es mejor contratar al personal en plantilla o externalizar el servicio a través de terceros?
No existe una única respuesta válida. La opción correcta depende del modelo de negocio, del volumen de usuarios, de las licitaciones a las que se quiera optar, y, sobre todo, del conocimiento profundo de las ventajas fiscales, riesgos laborales y exigencias legales que implica cada modalidad.
En este artículo te ofrecemos una comparativa práctica y objetiva entre las dos formas de contratación más habituales en el sector, y te explicamos cómo Asesor SAD puede ayudarte a diseñar la fórmula más rentable, segura y escalable para tu empresa.
¿Qué se entiende por contratar en plantilla?
Contratar en plantilla significa que la empresa asume directamente al trabajador bajo un contrato laboral, según el convenio colectivo aplicable, integrándolo en su estructura de personal.
Este modelo implica:
- Alta en el régimen general de la Seguridad Social.
- Gestión de nóminas, vacaciones, sustituciones, bajas, etc.
- Supervisión directa de las tareas y cumplimiento del horario.
¿Qué implica externalizar los servicios?
Externalizar el SAD consiste en subcontratar los servicios con otra empresa o profesional autónomo, que asume la responsabilidad directa sobre los trabajadores que ejecutan la labor asistencial.
Este modelo se aplica comúnmente en:
- Empresas que desean reducir costes fijos.
- Proyectos puntuales o con alta rotación.
- Licitaciones de gran tamaño en varias zonas.
Comparativa legal: diferencias clave
Aspecto | Contratación en plantilla | Externalización |
Relación laboral | Directa empresa–trabajador | Subcontratista (no vinculado legalmente al usuario final) |
Seguridad Social | Asumida por la empresa | Asumida por el proveedor |
Convenio colectivo | Aplicable y obligatorio | No aplica directamente, depende del subcontratista |
Control operativo | Total por parte de la empresa | Parcial, bajo contrato de prestación |
Riesgo de cesión ilegal | Bajo si se cumple la ley | Alto si no hay separación de medios y personal |
📌 La cesión ilegal de trabajadores es uno de los riesgos más graves en modelos mal externalizados. La empresa SAD debe tener cuidado de no incurrir en este supuesto.
Ventajas fiscales de cada modelo
Contratación en plantilla
✅ Permite aplicar deducciones por:
- Creación de empleo.
- Contratación de colectivos especiales.
- Bonificaciones por formación y prevención.
✅ Deducción íntegra de cotizaciones sociales como gasto.
🚫 Mayor carga administrativa y de anticipación de costes.
Externalización
✅ Facturas del proveedor deducibles como gasto corriente.
✅ No requiere anticipar cotizaciones ni gestionar nóminas.
🚫 No se pueden aplicar bonificaciones directas sobre el personal subcontratado.
🚫 En caso de inspección, si se considera relación encubierta, la empresa puede ser responsable solidaria.
Riesgos ocultos de la externalización mal gestionada
Muchas empresas recurren a la subcontratación sin conocer los peligros legales que puede acarrear si no se realiza correctamente:
⚠️ Cesión ilegal de trabajadores
Se produce cuando:
- La empresa subcontratante ejerce el poder de dirección directo sobre el trabajador.
- No hay autonomía del proveedor real.
- El trabajador depende funcionalmente del contratista final.
Esto puede suponer:
- Declaración de relación laboral directa.
- Sanciones administrativas graves.
- Responsabilidad en materia de Seguridad Social y despidos.
⚠️ Falta de control sobre formación y PRL
La empresa principal sigue siendo responsable subsidiaria en caso de accidente laboral, si no exige y verifica la correcta formación del personal externo.
⚠️ Imposibilidad de acceder a licitaciones
Algunas licitaciones públicas requieren que el personal esté en plantilla, o bien puntúan negativamente la externalización.
¿Qué dice la normativa actual?
El marco legal en España permite la subcontratación siempre que:
- Se cumpla la Ley de Contratos del Sector Público (si aplica).
- Se respeten los derechos del trabajador.
- No se incurra en cesión ilegal (art. 43 del Estatuto de los Trabajadores).
Además, desde la reforma laboral de 2022, se endurecieron los controles sobre empresas multiservicios que carecen de medios propios y solo actúan como cesionarias de mano de obra.
👉 Por eso, es crucial definir bien los contratos, el reparto de funciones y los niveles de responsabilidad.
¿Cuál es el modelo más eficiente para una empresa SAD?
No existe una única fórmula válida, pero sí podemos identificar tendencias:
Tipo de empresa | Recomendación |
Microempresa con menos de 5 trabajadores | Plantilla interna, control total |
Empresa mediana con servicios estables | Mixto: plantilla + apoyo externo |
Empresa grande que licita contratos públicos | Plantilla interna prioritaria |
Empresa especializada en zonas rurales o con mucha movilidad | Externalización bien regulada |
La combinación de modelos, bajo un sistema de control legal adecuado, puede ser la solución óptima para crecer sin exponerse a riesgos innecesarios.
Cómo te ayuda Asesor SAD en la elección del modelo más adecuado
Asesor SAD asesora a empresas en todo el ciclo de decisión, incluyendo:
✅ Análisis jurídico-laboral inicial
- Evaluamos tu modelo actual.
- Detectamos riesgos de cesión ilegal.
- Calculamos los costes laborales reales.
✅ Diseño del modelo mixto o interno
- Asesoramos en contratos, nóminas, alta de personal y bonificaciones.
- Implementamos protocolos internos para evitar conflictos.
✅ Asesoramiento en subcontratación legal
- Redacción de contratos mercantiles.
- Comprobación del cumplimiento por parte del proveedor externo.
- Protección jurídica ante inspecciones.
✅ Soporte en licitaciones y subvenciones
- Adaptamos tu modelo organizativo para cumplir con requisitos de contratación pública.
- Te ayudamos a justificar medios propios o plantilla propia.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo tener a una cuidadora como autónoma colaboradora?
Solo si hay autonomía real y contrato mercantil. De lo contrario, es considerado relación laboral encubierta.
¿Puedo alternar plantilla y proveedores en la misma zona?
Sí, siempre que no haya solapamiento funcional ni confusión de roles.
¿Qué me conviene si quiero optar a subvenciones?
Las administraciones suelen exigir plantilla propia o demostrar medios propios suficientes.
¿Y si ya estoy externalizando sin contrato?
Estás en riesgo de sanción. Asesor SAD puede ayudarte a regularizar la situación.
Conclusión
Elegir entre contratar en plantilla o externalizar servicios es una decisión estratégica que puede determinar la sostenibilidad, competitividad y seguridad jurídica de una empresa SAD.
Con el acompañamiento de Asesor SAD, puedes estructurar tu empresa con una base sólida, cumpliendo con la legalidad, optimizando costes y preparando tu modelo para crecer con garantías.
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