¿Qué formación exige la ley?

Desde certificaciones hasta reciclajes obligatorios en el sector SAD

Introducción

En el ámbito de los Servicios de Ayuda a Domicilio (SAD), la formación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) no es solo una obligación legal, sino una necesidad operativa para garantizar la seguridad tanto del personal como de las personas usuarias. Las empresas SAD deben cumplir con un plan de formación en PRL que se ajuste a la ley, contemple las distintas funciones del personal y se actualice periódicamente.

Este artículo sirve como guía práctica para responsables de empresas SAD, explicando qué formación exige la ley, qué cursos son obligatorios para el personal de atención directa, coordinación y administración, y cómo organizarla adecuadamente sin incurrir en sanciones.

¿Qué normativa regula la formación en PRL?

La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que todo trabajador debe recibir una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación como cuando cambien sus funciones o se introduzcan nuevos equipos.

Además, el RD 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención) especifica que esta formación:

  • Debe impartirse dentro de la jornada laboral. 
  • Debe ser gratuita para el trabajador. 
  • Debe actualizarse cuando sea necesario. 

🔎 En sectores como el SAD, la exigencia es mayor por tratarse de trabajos en el domicilio del usuario, con riesgos no controlados por la empresa.

¿Qué formación preventiva debe tener una empresa SAD?

Las empresas SAD deben formar a su plantilla en dos niveles:

1. Formación preventiva general

Todo trabajador debe recibir, al menos:

  • Curso básico de PRL (mínimo 8 horas) 
  • Formación sobre el sector: riesgos de manipulación de cargas, caídas, limpieza, exposición a productos químicos, etc. 
  • Información sobre el plan de emergencia y primeros auxilios 

👩‍🏫 Este curso es obligatorio antes de que la persona comience a trabajar.

2. Formación específica según el puesto

Puesto Formación específica obligatoria
Auxiliares a domicilio PRL en movilización de pacientes, higiene postural, bioseguridad
Coordinadoras Riesgos psicosociales, gestión de equipos, coordinación remota
Personal de limpieza Manipulación de productos químicos, uso de EPIs
Administrativos Ergonomía en puestos de oficina, riesgos eléctricos

🔁 Esta formación debe actualizarse periódicamente, sobre todo si hay novedades legales o cambios en procedimientos.

¿Es obligatorio reciclar la formación PRL?

Sí. Aunque la ley no impone una periodicidad concreta, las buenas prácticas y la interpretación de las inspecciones indican:

  • Reciclaje mínimo cada 4 años
  • Reciclajes inmediatos en caso de: 
    • Cambio de función o tareas 
    • Incorporación de nueva maquinaria o tecnología 
    • Cambio sustancial en el entorno laboral 
    • Accidentes laborales graves o repetitivos 

🗓 Desde Asesor SAD recomendamos planificar un calendario formativo anual, incluyendo refuerzos o recordatorios breves para mantener la atención.

¿Quién puede impartir esta formación?

La formación debe ser impartida por:

  • El servicio de prevención ajeno de la empresa 
  • Técnicos cualificados en prevención (nivel intermedio o superior) 
  • Formadores externos homologados 

🧾 Debe entregarse un certificado acreditativo con nombre del alumno, contenidos, horas, firma del formador y empresa que lo emite.

📁 La empresa está obligada a conservar esta documentación para su consulta por parte de Inspección de Trabajo.

¿Cómo organizar la formación sin interrumpir el servicio?

Las empresas SAD deben enfrentarse al reto de formar a su plantilla sin afectar la atención a usuarios. Algunas soluciones:

  • Formación online asincrónica, con evaluación posterior 
  • Cursos intensivos en fines de semana o días no laborables 
  • Formación rotativa por turnos 
  • Coordinación con las vacaciones o descansos 

💡 Desde Asesor SAD ofrecemos planes formativos flexibles adaptados a los cuadrantes reales de cada empresa.

Sanciones por incumplimiento

Las multas por no formar al personal en PRL van desde:

  • 2.045 € hasta 40.985 € (infracción grave) 
  • Hasta 819.780 € si hay reiteración o accidentes graves 

Y además puede implicar:

  • Responsabilidad penal si hay negligencia 
  • Pérdida de licencias en el caso de empresas acreditadas para servicios sociales 
  • Inhabilitación para recibir subvenciones o contratar con la administración 

🚨 Una de las causas más habituales de sanción en el sector SAD es no formar correctamente al personal auxiliar en prevención postural.

Cómo acreditar la formación ante la administración

Muchas comunidades autónomas, como Madrid, Andalucía, Cataluña o la Comunidad Valenciana, exigen que las empresas SAD acrediten la formación de su plantilla al renovar licencias o solicitar subvenciones.

Para ello, la empresa debe presentar:

  • Certificados individuales de formación básica y específica 
  • Justificante de que la formación se ha dado en jornada laboral 
  • Programa formativo y CV del formador 
  • Registro de trabajadores formados 

📂 Asesor SAD ayuda a preparar esta documentación de forma organizada para cualquier comunidad autónoma.

Formación PRL según tipo de contrato

La obligación de formar no varía según el tipo de contrato:

  • Contratos indefinidos, temporales o por ETT deben recibir la misma formación. 
  • También en contratos a jornada parcial o reducida. 
  • Incluso los contratos de formación o prácticas. 

⚠️ No formar a un trabajador por ser “temporal” no exime a la empresa de responsabilidad.

Buenas prácticas recomendadas por Asesor SAD

✔️ Planificar la formación PRL desde el momento de la contratación
✔️ Incorporar sesiones prácticas (movilización, higiene, primeros auxilios)
✔️ Usar plataformas homologadas para formación online
✔️ Conservar certificados y registros actualizados
✔️ Incluir píldoras informativas periódicas
✔️ Formar también a mandos intermedios y personal de coordinación

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué pasa si contrato a una auxiliar sin formación PRL?
La empresa será responsable y podrá ser sancionada. La formación debe darse antes de que comience a trabajar.

¿Tengo que pagar los cursos a mis empleados?
Sí. La formación debe ser gratuita y dentro de la jornada laboral.

¿Puedo usar cursos genéricos online gratuitos?
No. Deben estar adaptados al puesto y ser impartidos por personal técnico cualificado.

¿Puedo externalizar toda la formación?
Sí, siempre que sea con proveedores homologados y se conserve toda la documentación.

¿Cómo te ayuda Asesor SAD?

✅ Elaboramos tu plan anual de formación PRL adaptado a tu plantilla
✅ Gestionamos formaciones iniciales y reciclajes
✅ Coordinamos con tu servicio de prevención ajeno
✅ Emitimos y archivamos los certificados oficiales
✅ Preparamos toda la documentación para auditorías o inspecciones

Conclusión

La formación en prevención de riesgos laborales no es opcional. Para las empresas SAD es un pilar esencial de su cumplimiento normativo, su acreditación y la calidad del servicio.
Desde Asesor SAD ayudamos a tu empresa a diseñar, organizar y justificar toda la formación que tu equipo necesita.

Evita sanciones, mejora la seguridad y protege la continuidad de tu empresa. Confía en profesionales especializados.

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